Núm. 111: octubre 2020
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Borrador del Anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados

El borrador del Anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados, que derogará tanto la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados como otras normativas relacionadas con residuos y envases, fue aprobado por el Gobierno el 2 de junio de 2020, y sometido a consulta pública hasta el pasado 3 de julio. Este anteproyecto tiene el objetivo de impulsar la economía circular que implica, entre otros elementos, la obligación de las Administraciones Públicas de adoptar instrumentos económicos y la introducción de un nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables, a la vez que transponer la Directiva de Plásticos de un solo uso.

En referencia a la regulación del impuesto especial propuesto sobre los envases de plástico no reutilizables, recogida en el Título VIII del borrador, señalar que este tributo será de naturaleza indirecta y se aplicará sobre la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de este tipo de envases que vayan a ser objeto de introducción en España, considerándose envases todos los productos de plástico no reutilizables que sirvan para contener productos líquidos o sólidos, o para envolver bienes o productos alimenticios.

Entre las exenciones previstas a este gravamen se incluyen los envases de plástico no reutilizables destinados al acondicionamiento primario de medicamentos pero no se mencionan los productos sanitarios.

En este sentido, atendiendo al trámite de audiencia pública que estuvo abierto hasta el 3 de julio, Fenin ha realizado alegaciones para que también se excluya a los productos sanitarios del pago del impuesto dirigido a estos envases, señalando que el plástico es usado en los productos sanitarios tanto para garantizar que no se alteren durante el transporte y almacenamiento como, en el caso de productos estériles, garantizar su esterilidad y evitar la contaminación microbiana, reduciendo el riesgo de infecciones en los pacientes. Al mismo tiempo, se han reforzado estas alegaciones a través de CEOE para su exención como productos para protección de la salud poblacional.

Más información del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico aquí.

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